En
la reunión mantenida el 17 de febrero, se trataron los siguientes temas:
Exp.
44 GTI.44 – Plazos posesorios tras la permuta.
Se plantea fijar
plazo posesorio en la permuta de trabajadores. La Administración argumenta que
al ser un traslado voluntario propiciado por la iniciativa del trabajador y en
su beneficio, el plazo de incorporación debería ser inmediato para que la prestación
del servicio no se viera afectado y estaría dispuesta a aceptar el plazo de 3 y
8 días según los casos, si el jefe del servicio lo ve procedente. CSI-F, UGT y
CIG plantean que debería fijarse el mismo plazo de incorporación que para las
adscripciones temporales (también voluntarias) es decir 3 días si el traslado
se produce en la misma localidad y 8 días si es en distinta localidad, pero
estos plazos vincularían tanto a trabajadores como a gestores, no pudiendo
estos últimos rebajarlos en ningún caso. La Administración estudiará esta
posibilidad y dará respuesta en la próxima reunión.
Exp.
–GTI. 45 – Ampliación horas extraordinarias.
Se plantea la
posibilidad de ampliar la realización de horas extraordinarias por encima de
las 60 horas anuales que marca el convenio. De manera unánime se acuerda que no
es posible.
Exp.
GTI. 46 – Art. 26.3 Indemnización traslados obligatorios.
Se resuelve
consulta determinando que, de acuerdo con lo establecido en el convenio, en los
traslados obligatorios de menos de 50 km en los que la Administración
proporcione el transporte y por tanto no proceda pagar la indemnización, se
refiere únicamente a que la Administración debe facilitar el transporte a los
trabajadores para su desplazamiento diario al centro de trabajo.
Exp.
GTI. 47 – Funciones de los conductores en la Jefatura Provincial de Málaga.
CSI-F
en la reunión anterior del grupo, denuncia la situación de este colectivo a los
que la Administración pretende asignar funciones que nos son propias de
conductores tales como: reposición de paneles informativos, ayuda a los
vigilantes, búsqueda, escaneo y fotocopia de expedientes, reparto y envío de
fax, vaciado archivo, reparto de material, control de almacén, etc. La
Administración nos contesta ahora que ha solicitado informe a la Subcomisión
del Ministerio del Interior sobre el particular y que está a la espera de
recibir dicho informe. Nos consta que este tema se ha visto en la mencionada
Subcomisión Delegada, y estamos esperando que solución se le da al tema.
Exp.
GTI. 48 - Permutas simultaneas (de tres trabajadores o más).
CSI-F
plantea esta posibilidad argumentando que las permutas exigen tanto la
voluntariedad de los trabajadores como la autorización de la Administración y
que debido a la escasa posibilidad de movilidad que existe en el Convenio
(motivada porque la Administración no convoca concurso de traslados todos los
años como establece el C.U.), esto podía significar una posibilidad más para
los trabajadores que necesiten de manera urgente un cambio de puesto. Sólo CSIF
y CC.OO votan a favor de tal posibilidad, mientras que la Administración UGT,
CIG y ELA entienden que la permuta sólo es posible entre dos trabajadores. Al
no haber acuerdo por el voto negativo de la Administración, las cosas seguirán
como hasta ahora.
Exp.
GTI. 49 - Funciones de los ordenanzas de la Residencia San Fernando.
CSI-F
denuncia que a los ayudantes de gestión y servicios comunes con actividad
principal de ordenanza, se les obliga a realizar tareas propias del personal de
limpieza (trasporte de sábanas sucias a la lavandería). Función Pública explica
que ha pedido informe sobre el tema a la Subdirección de Personal Civil del
Ministerio de Defensa y que están a la espera de recibir el mismo. CSI-F pide
la máxima celeridad, ya que se está obligando a este colectivo a llevar a cabo
unos trabajos que no corresponden con las funciones propias de ordenanza y por
tanto urge corregir esta situación.
Exp.
GTI. 50 – Promoción interna: misma modalidad contractual.
Se
realiza la propuesta de que no se niegue el acceso a este proceso para las
plazas a jornada completa al personal contratado a jornada parcial. CSIF pone
de manifiesto, como en ocasiones anteriores, la discriminación que sufre este
colectivo y las tremendas dificultades que sufren a la hora de intentar mejorar
su vida a través de la consecución de un trabajo que les proporciones un
salario completo. La Administración expone que con la redacción actual del
convenio colectivo, no puede acceder a esta pretensión por lo que CSIF propone que
se proceda por la Comisión Negociadora al cambio del artículo.
Exp.
GTI. 51 – Acumulación permiso reducción de jornada por enfermedad muy grave de
un familiar en jornadas completas.
CSI-F
realiza la propuesta de que se permita acumular en jornadas completas (hasta un
máximo de 15 días) el permiso de reducción de jornada del 50% por el plazo
máximo de un mes para atender el cuidado de un familiar de primer grado
gravemente enfermo. Exponemos en nuestra explicación, que sólo así este permiso
permitirá la asistencia al enfermo en los caso en que estos residan en
provincias distintas a las de los trabajadores y por tanto es un derecho que
tal y como está ahora, no alcanzaría a estos. Confiábamos, en que al tratarse
de una cuestión tan difícil, y para supuestos tan limitados, la Administración
se mostrara sensible a tal pretensión puesto que contábamos con el apoyo de
toda la parte social. La Administración manifiesta que no puede acceder ya que
significaría un permiso distinto al contemplado en la Ley.
Exp.
GTI. 52 – Horarios especiales vigentes.
Consulta
sobre la jornada de los conductores del Ministerio de Fomento que tienen
jornada de 40 horas sin percibir por ello retribución complementaria alguna. La
Administración argumenta que la disposición transitoria decimoquinta establece
que mantiene su vigencia el artículo 19 del anterior convenio del MOPU en el
que se establece que sólo se remunerará el exceso de horas semanales por encima
de 40. CSI-F manifiesta que esto supone una clara discriminación de este
colectivo con respecto al resto de conductores del convenio y que además
contradice lo establecido en el artículo 73 del C.U. así como lo determinado en
la instrucción de jornadas y horarios de 28 de diciembre de 2012 en la que se
establece que la jornada general será de 37 horas y media semanales de trabajo
efectivo. Ante la negativa de la Administración, CSI-F propondrá el cambio de
la mencionada disposición transitoria y anuncia que estudiará la procedencia de
acudir a la vía judicial para terminar con esta situación discriminatoria.
Exp.
GTI. 53 – Vacaciones tras IT.
CSI-F
lleva al grupo de interpretación este expediente debido a que algunos
departamentos siguen negando a los trabajadores el disfrute de las vacaciones
en anualidad distinta a la de devengo si estas no habían sido solicitadas
anteriormente. CSI-F manifiesta su indignación con esta situación ya que
contradice claramente lo establecido en las Directivas comunitarias y en las
sentencias judiciales que ya existen sobre estos casos. No nos cabe duda de que
los trabajadores tienen este derecho y es triste que tengamos que traerlo a
este grupo de interpretación para plasmarlo por escrito sólo porque algunos
gestores no estén aplicando bien la Ley. Ante nuestra sorpresa, y la del resto de la parte social que mostró de
forma unánime su apoyo a nuestra postura, la Administración nos comunica que no
va a manifestarse sobre este particular ya que actualmente se está trabajando
en una modificación de la instrucción de jornada y horarios que afectará
también a este tema y que por tanto, habrá que esperar a dicha modificación.
CSI-F comunicó que estudiará la procedencia de acudir a la vía judicial.
Exp.
GTI. 54 – Interpretación término “servicios efectivos”.
CSI-F
lleva al grupo la propuesta de efectuar la interpretación del término
“servicios efectivos” en el sentido de que se refiere al vínculo con la
Administración y para diferenciar esta situación de otras tales como
excedencia, suspensión de contrato, servicios especiales, etc. pero en ningún
caso puede referirse a la duración de la jornada. La interpretación restrictiva
de este término está motivando la exclusión para participar en los procesos de
promoción interna de trabajadores a los que exigen seis años de trabajo en el
grupo inferior en lugar de dos si el trabajo fue realizado en jornada parcial
(33%). Ello supone una nueva dificultad para este colectivo de trabajadores que
tras haber logrado una plaza al 100% de la jornada, arrastra como un lastre la
época en que tenía un contrato a tiempo parcial. La Administración nos responde
que no se encuentra en disposición de pronunciarse sobre el tema y que
efectuará las consultas oportunas antes de tomar una decisión.
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