CSI-F INFORMA:
El pasado
20 de junio se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Orden ESS/1887/2015 del 15 de junio que
desarrolla el Real Decreto 625/2014 de 18 de julio y que en la práctica supone
un cambio sustancial en el sistema de tramitación y gestión de las
incapacidades laborales temporales, lo que el común de los mortales conoce como
las bajas médicas, y que todos los trabajadores deberán tener en cuenta a
partir del 1 de diciembre de 2015, fecha de su entrada en vigor.
A partir de
ahora, lo más importante es que el
médico determinará a priori la duración de la baja, sin esperar a la evolución del paciente y su patología, y
guiándose por unas tablas orientativas. Además, el médico de urgencias tendrá que tramitar el parte de baja.
Las claves del nuevo sistema
¿Quién dará la baja?
Puede hacerlo un médico del servicio público
de salud y también el facultativo de una mutua en caso de accidentes de trabajo
o enfermedades laborales.
¿Cuánto durará ahora la baja médica?
Podrá ser muy
corta (menos de cinco días naturales); corta (de 5 a 30 días naturales), media
(de 31 a
60 días naturales) y bajas de duración estimada larga (61 o más días
naturales).
¿Quién decide la duración? El médico tendrá que determinar en el mismo momento de su
expedición la duración "estimada" del proceso. Según la evolución del
trabajador, luego podría modificar ese tiempo estimado. Volverá a emitir un
parte con una nueva duración "estimada" del proceso.
¿Cómo se orientará el facultativo?
Desde el día 1
de diciembre se utilizarán unas tablas con la duración óptima de evolución de
los diferentes procesos patológicos susceptibles de causar baja y su grado de
incidencia en las diferentes actividades laborales.
¿Y si es una baja muy corta?
El trabajador
enfermo saldrá de la consulta con el parte de baja y el de alta en la mano.
¿Y si
la patología dura más de cinco días?
En ese caso, el trabajador saldrá de la
consulta con el parte de baja, pero no con el de alta. Tendrá que regresar al
médico para una nueva revisión en el plazo de siete días, para las bajas de
duración corta y media, y en el plazo de 14 días para las de larga duración.
¿Y si
la baja es muy larga, qué pasará?
Si la duración de la incapacidad supera los
365 días, el control de la misma lo asumirá el Instituto Nacional de la
Seguridad Social (INSS).
¿Pueden
dar el alta antes de lo previsto?.
Pueden, si el
enfermo ha mejorado. Además, si el trabajador no acudiera a la revisión médica
prevista en los partes de baja y confirmación podría firmarse el alta por
"incomparecencia".
¿Hay
que seguir llevando o enviando la copia del parte a la empresa?
Sí. El trabajador está obligado a presentar en
la empresa la copia destinada a ella en el plazo de los tres días posteriores a
su expedición. Y está obligado a presentar a la empresa la copia destinada a
ella del parte de alta en las 24 horas siguientes a su expedición. Los puntos
más polémicos
¿Me darán la baja en urgencias?
Hasta ahora, el
sistema que rige la gestión de las bajas médicas estipula que esta la tramite
el médico de cabecera. Es más, si el trabajador acude a Urgencias, al día
siguiente debe acudir a su médico de familia para que cumplimente el parte de
baja.
Pues bien, desde
el 1 de diciembre, la nueva orden establece que "el parte médico de baja
de incapacidad temporal, cualquiera que se la contingencia determinante, se
expedirá inmediatamente después del reconocimiento médico del trabajador, por
el facultativo del servicio público de salud que lo realice". En otras
palabras, si vamos a urgencias por un dolor o la rotura de una pierna, todo
apunta a que deberíamos salir de ahí con la baja firmada. El riesgo, evidente,
colapsar aún más el sistema.
¿Aumentará la burocracia?
Varios
colectivos de profesionales y médicos de familia han exigido la paralización
del nuevo sistema al entender que incrementa la burocracia. En la bajas medias
y larga retrasa la frecuencia con la que el paciente debe acudir a la consulta
(cada 14 días frente a la semana actual), pero pasan a exigirse "informes
complementarios" más frecuentes que aumentarán las tareas burocráticas del
médico rellenando informes.
No hay comentarios:
Publicar un comentario