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miércoles, 29 de octubre de 2014

CSIF ASISTE A LAS JORNADAS SOBRE LA TRANSPOSICIÓN DE LA DIRECTIVA 2010/64/UE.

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Programa de las jornadas
Informe CSIF

El pasado 17 de octubre de 2014 tuvo lugar en la sede de las instituciones europeas en España la «Jornada sobre la transposición de la Directiva 2010/64/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de octubre de 2010 relativa al derecho a interpretación y a traducción en los procesos penales». Intervinieron representantes de diferentes órganos jurisdiccionales y gestores de varias Comunidades Autónomas, así como representantes de diferentes asociaciones profesionales de traductores e intérpretes (APTIJ y ASETRAD) y asociaciones empresariales (ASPROSET y ANETI). 





CSIF quiere resaltar la intervención de Bärbel Heinkelmann, team leader del equipo de derechos procesales, Unidad B1 Derecho Procesal Penal, DG Justicia de la Comisión Europea, quien realizando un análisis jurídico de la Directiva 2010/64/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, Manifestó que la Directiva no prevé medidas concretas para garantizar la calidad.






Rosa Lamana Bulnes, Coordinadora de la Unidad de Apoyo de la DG de Relaciones con la Administración de Justicia. Indicó que el proyecto de creación de un registro oficial de traductores e intérpretes se encuentra en una fase «muy avanzada». El origen de la creación de este registro radica en el artículo 5 de la Directiva 2010/64/UE, que establece que los Estados Miembros «se esforzarán» en la creación de uno o varios registros. Aunque el Gobierno no está obligado a la creación de dicho registro, el departamento ministerial de justicia está trabajando en un proyecto más ambicioso que incluye a los peritos judiciales. Con ello pretende llevar un control sobre todas las personas que colaboran con la Administración de Justicia (intérpretes y peritos). El Ministerio de Justicia va a tramitar una Ley orgánica para gestionar ese registro de traductores e intérpretes judiciales y plasmar los requisitos.



Para regular este registro, el ministerio tiene previsto elaborar un marco normativo estableciendo unas condiciones de acceso que garanticen la libre prestación de servicios profesionales. En el registro tendrán cabida tanto personas físicas como jurídicas, que estarán sometidas a un régimen de sanciones administrativas en caso de incumplimiento de los requisitos o del servicio. El registro se organizará en dos libros: uno de peritos y otro de traductores e intérpretes. El libro de traductores e intérpretes estará dividido a su vez en dos secciones; una de traductores y otra de intérpretes, cada una organizada a su vez en idiomas. Para poder desempeñar las tareas de traducción e interpretación en procesos penales, será un requisito obligatorio estar inscrito en dicho registro.


Los requisitos de acceso al registro serán los siguientes:
  • Acreditar unos conocimientos jurídicos;
  • No tener antecedentes penales;
  • Se va a elaborar un cuadro deontológico de deberes de los traductores e intérpretes que actúen en procedimientos judiciales;
  • Se elaborará también un cuadro de infracciones y sanciones para reforzar la calidad y prevenir acciones abusivas. 

CSI-F preguntó sobre las repercusiones de la transposición de la Directiva en los trabajadores de plantilla que, a todos los efectos, incluidos los retributivos, están encuadrados en el grupo 3 del personal laboral y que no van a ser incluidos en el futuro Registro de Traductores e Intérpretes del Ministerio de Justicia. Lamana respondió que estos han demostrado sobradamente sus conocimientos y su adecuación al puesto de trabajo a través de una oposición. En este sentido, CSI-F le recordó que los empleados de plantilla realizaron un examen para titulados en Bachillerato, aunque la realidad laboral ha demostrado que se requiere un alto nivel de especialización en diferentes campos para poder actuar en causas por delitos de blanqueo de dinero, delitos fiscales, terrorismo, redes organizadas, etc.


CSI-F destacó que el personal de plantilla que desempeña sus funciones en Administraciones Públicas cuentan con la formación y los conocimientos necesarios para llevar a cabo con éxito estas tareas y que por tanto deben disfrutar de las mismas ventajas que los profesionales externos incluyendo las salariales.



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2 comentarios:

  1. Veremos en que acaba todo este asunto. Lleva ya demasiado tiempo coleando, aunque ya se sabe que estos procedimientos son lentos. Como profesional del mundo de la traducción sigo con detalle todas estas noticias. Esperemos que se terminen de una vez la creación de los registros.
    Saludos

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  2. Hola, traductor profesional:
    Te agradecemos mucho tu comentario. Efectivamente, estos procesos suelen ser largos, aunque, como habrás visto, desde el Ministerio de Justicia nos dicen que el proyecto está «muy avanzado». Nosotros como sindicato nos hemos ofrecido a asesorarles a través de nuestros traductores e intérpretes profesionales, aunque, hasta la fecha, no hemos recibido respuesta.

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