El Real Decreto-ley10/2015, de 11 de septiembre (BOE 12/09/2015, por el que se conceden créditos
extraordinarios y suplementos de crédito en el presupuesto del Estado y se
adoptan otras medidas en materia de empleo público y de estímulo a la economía.
En este RDL se establece la
recuperación de otra parte de la paga extraordinaria de diciembre de 2012, la
modificación del número de días de permiso por asuntos particulares (moscosos)
restituyendo un sexto día, e incremento de los días de permiso por asuntos
particulares en función de la antigüedad y los de vacaciones reconocidos en el
Estatuto Básico del Empleado Público incrementándolos igualmente en función de
la antigüedad.
Se vuelve a modificar el EBEP
(Estatuto Básico del Empleado Público), recuperando los siguientes permisos:
Permisos por asuntos
particulares: 6 días al
año, con carácter general (art. 48 k).
Permisos por asuntos
particulares por antigüedad:
podrán establecerse hasta 2 días adicionales al cumplir el 6º trienio,
incrementándose, como máximo, en 1 día adicional por cada trienio cumplido a
partir del 8º (reaparece el art.. 48.2)
Vacaciones: Cada Administración podrá establecer hasta
un máximo de 4 días adicionales de vacaciones. En la AGE se tendrá derecho a 23
días de vacaciones a los 15 de servicio, 24 días a los 20 años, 25 días a los
25 años y 26 días a los 30 o más años de servicio (art. 50 y 51 según
modificación del EBEP originario por la RESOLUCIÓN de 21 de junio de 2007 (BOE
23-06-2015) de la Secretaría General para la Administración Pública, por
la que se publican las Instrucciones, de 5 de junio de 2007, para la aplicación
del EBEP en el ámbito de la AGE y sus organismos públicos).
Y según la Disposición final
tercera, el presente Real Decreto-ley entró en vigor el mismo día de su
publicación en el «Boletín Oficial del Estado», es decir, el pasado sábado 12
de septiembre.
En el caso de la AGE, estas normas
son de aplicación en el año 2015 y se podrán disfrutar hasta el próximo 31 de
enero de 2016.
DÍAS POR ASUNTOS PARTICULARES SEGÚN ANTIGÜEDAD
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Hasta 17 años antigüedad
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6 días
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Con 18 años de antigüedad
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8 días
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Con 24 años de antigüedad
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9 días
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Con 27 años de antigüedad
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10 días
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Con 30 años de antigüedad
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11 días
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Con 33 años de antigüedad
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12 días
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Con 36 años de antigüedad
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13 días
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Con 39 años de antigüedad
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14 días
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Con 41 años de antigüedad
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15 días
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Cada 3 años más de antigüedad
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+1 día
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DÍAS DE PERMISO POR VACACIONES
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Hasta 14 años de servicio
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22 días
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Con 15 años de servicio
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23 días
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Con 20 años de servicio
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24 días
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Con 25 años de servicio
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25 días
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Con 30 años de servicio o más
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26 días
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Además del Decreto, en los
Presupuestos Generales va recogida la devolución del restante 50 por ciento de
la paga extra, que se pagaría en enero del próximo año, así como la subida del
1 por ciento. Para CSI.F esta subida es insuficiente, reclamamos que la
misma sea al menos del 2,5 por ciento para equiparar a este colectivo con
el incremento salarial pactado en el sector privado (1 por ciento para 2015 y
un 1,5 para 2016)
CSI.F en cualquier caso, seguirá luchando para
que se recupere la estructura salarial previa a 2010, cuando se produjo la
primera rebaja de retribuciones con el Ejecutivo socialista. En este sentido
abogamos por la consecución de un acuerdo plurianual que finalice con la citada
recuperación retributiva y así lo defenderemos en las próximas mesas de
negociación que se abrirán en breve para seguir negociando asuntos pendientes
como son los descuentos por incapacidad temporal entre otros
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